26 agosto 2010

Los usuarios de las aerolíneas podrán ampararse en la Ley del Consumidor

CIUDAD DE BUENOS AIRES (CÓDIGO AÉREO) - El Senado de la Nación aprobó al cierre de esta edición el proyecto para que los pasajeros afectados por demoras, cancelaciones o la habitual falta de información en los vuelos puedan recurrir a las herramientas que la Ley de Defensa del Consumidor prevé para este tipo de situaciones.

La propuesta busca que la Ley de Defensa del Consumidor se aplique en forma prioritaria en el transporte aéreo en aspectos como protección contra cláusulas abusivas, sobreventa de pasajes, responsabilidades por incumplimiento del servicio y el derecho a indemnizaciones rápidas y justas.

"Una situación corriente en la actualidad es la sobreventa de pasajes, que el Código Aeronáutico permite y que la Ley de los Consumidores prohíbe, porque es una violación al deber de información" dijo el senador Marcelo Guinle, uno de los motores de la propuesta.

"En este sentido, entendemos que el pasajero tiene derecho a saber que el pasaje es condicional y las compañías aeronáuticas no lo dicen cuando sobrevenden sus tickets", explicó el legislador.

En el 2008 el Poder Ejecutivo nacional había vetado la Ley 26.361, dejando a los usuarios al transporte aerocomercial fuera de los alcances de la ley que defiende a los consumidores.

Para Guinle, esta medida implicó "seguir erróneamente canalizando las irregularidades y los incumplimientos a través de la discrecionalidad de las propias compañías, tal como sigue sucediendo en la actualidad".

Finalmente, el legislador puntualizó que "frente a los constantes incumplimientos de las empresas, es palpable la necesidad de aplicación de la norma que protege los intereses de los más débiles en la relación del contrato de transporte aéreo, ya que es la vía más rápida y efectiva para hacer cumplir sus derechos".

Y agregó: "No es un capricho: la manda Constitucional contenida en el artículo 42 así lo impone al Estado".

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