16 agosto 2007

El Tribunal de Cuentas de la Provincia tardó casi 8 años en dar un Dictámen sobre la Concesión del Complejo Cerro Castor

La pasividad a modo de complacencia por parte del In.Fue.Tur
Fuente: Cronicas Urbanas Fueguinas


El Tribunal de Cuentas de la Provincia formuló cerca de 20 observaciones sobre potenciales incumplimientos a diversas cláusulas del contrato de concesión del centro invernal Cerro Castor.
En el acuerdo plenario 1226, del 14 de diciembre de 2006, los miembros del órgano de contralor resolvieron solicitar informes a distintos organismo del estado provincial sobre los resultados de las intimaciones efectuadas al concesionario sobre el cumplimiento de distintas obligaciones impuestas en el contrato de concesión.
Además dispusieron dar intervención a la Fiscalía de Estado para que realice el control de legalidad del decreto provincial 1838/99, por el cual la provincia adjudicó en venta a Cerro Castor S.A. un predio de 3,5 hectáreas, lindero al predio del centro invernal, ya que a entender del Tribunal de Cuantas esa decisión desvirtuaría las condiciones del pliego licitatorio que garantizan exclusividad al concesionario del centro de deportes invernales.
También se observa que “la planta de tratamiento de líquidos cloacales está construida” sobre el predio cedido en venta a la empresa, “cuando acorde se infiere del pliego de licitación la ubicación de este servicio debe ser dentro del predio entregado en custodia por la Provincia al concesionario”.
Se advierte que “como consecuencia de ello podría producirse perjuicio fiscal, toda vez que al finalizar la concesión dichas instalaciones deben integrar el patrimonio del Estado Provincial”.Otra de las objeciones que surge de este acuerdo plenario refiere a la decisión del Gobierno de dejar sin efecto, en el año 2000, el artículo 19 del pliego de licitación,obligaba a la concesionaria a conformar “una garantía de cumplimiento del contrato equivalente al 10% del total del costo estimado” de una serie de inversiones indicadas en el mencionado pliego licitatorio.
Sobre este se “entiende que podría aceptarse una disminución del monto de la cobertura de la garantía en función de las obligaciones cumplidas, pero de ninguna manera procede eximir a la concesionaria de esa obligación”.
El órgano de contralor cuestiona también la decisión adoptada por el Gobierno en el año 2001, que consistió en modificar el contrato de concesión “eliminando de este la obligación por parte de la empresa de abonar un canon fijo por los derecho de explotación del complejo” que era de 10.000 pesos mensuales.
Hace lo propio respecto de la decisión de aumentar “el plazo de concesión a 26 años a computar desde el 10 de enero de 2001”. En el contrato original se había establecido en 20 años el plazo de concesión, contados a partir del 20 de febrero de 1998. “Con la eliminación del canon fijo por todo el plazo de la concesión de la concesión se estaría desnaturalizado el contrato y alterando las condiciones del pliego” se indica en el acuerdo plenario 1226.
Otra llamativa objeción esta relacionada con el incumplimiento “por parte de la concesionaria y del In.Fue.Tur, al no haberse presentado el estudio de suelos previo al inicio de las obras, ni haberse exigido durante su ejecución muestras para evaluar la calida de los materiales a utilizar”. Se menciona que el estudio de suelos que se habría utilizado lo realizó la empresa Pomagalski (encargada del montaje de los medios de elevación) y que correspondería a una “ubicación física lindera al lugar donde se ejecutaron las obras”.Además “el In.Fue.Tur entregó a Cerro Castor S.A. los estudios de suelos realizados por la citada empresa”, cuando correspondía que lo realizara “la concesionaria a su costo”.
¿Más vale tarde que nunca?
La licitación para la concesión del Centro de Deportes Invernales y Actividades Recreativas Cerro Krund tuvo su origen a inicios de 1997.El 20 de febrero de 1998 se firmó el contrato de concesión con la firma Cerro Castor S.A.
Ese mismo año se da inicio al expediente 224/98 del Tribunal de Cuentas, caratulado “S/ análisis concesión de centros invernales del Cerro Krund”.
Desde 1999 el Tribunal de Cuentas viene formulando observaciones ante incumplimientos del pliego licitatorio o del contrato de concesión.
En diciembre de 2006, a 8 años de iniciado el análisis de la concesión el órgano de contralor emitió acuerdo plenario sobre el tema.
Transcurridos 6 meses desde ese entonces, todavía no se le habría dado efectiva intervención a la Fiscalía de Estado (sic)

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