Más allá del "imaginario" coletivo que alude a un pingüe negocio de la Pesca Deportiva, sin dudas que el Sector no contribuye a la llamada "cascada tributaria". He tenido el honor de trabajar por la causa de sumar a los Cotos de Pesca y a las Estancias, al registro de prestadores turísticos de la Provincia, allá por el 2004, durante mi corta gestión en la Subsecretaría de Turismo y en el Ministerio. Por esa razón adhiero al Decreto que firmó la Gobernadora, pero sin dudas que corresponde ir por más para hacer equitativas las ventajas de las concesiones vigentes otorgadas a los titulares de los Cotos. Porque hay un negocio privado que se debe respetar, pero ese negocio se hace con un recurso natural del Estado y debería ser patrimonio de todos el poder participar del Plan de Manejo de esos espacios.
Mucho para hablar y debatir al respecto. Tengo los "borradores" de asesores del ARI, de unos cuantos años atrás, que reflejan los parámetros de rentabilidad de un Coto de Pesca en la cuenca del río Grande y José Menéndez, por ejemplo...
Dice la crónica:
El Gobierno actualizo «los valores de habilitación anual y canon de uso» de los cotos de pesca, la Gobernadora dictó un nuevo decreto para la reglamentación de la ley de pesca, dejando sin efecto la dictada el año pasado.
Esta es una alternativa más para mejorar la recaudación, sobre todo de cuentas especiales, que luego conforman el FUCO (Fondo Unificado de Cuentas Oficiales), y que la Gobernadora usa para el pago de salarios. Mucho para hablar y debatir al respecto. Tengo los "borradores" de asesores del ARI, de unos cuantos años atrás, que reflejan los parámetros de rentabilidad de un Coto de Pesca en la cuenca del río Grande y José Menéndez, por ejemplo...
Dice la crónica:
El Gobierno actualizo «los valores de habilitación anual y canon de uso» de los cotos de pesca, la Gobernadora dictó un nuevo decreto para la reglamentación de la ley de pesca, dejando sin efecto la dictada el año pasado.
Para el usufructo de los cotos de pesca, el valor de la caña diaria oscila entre los 4.200 a los 700 pesos, de acuerdo a la categoría que se mide por la especie que se puede capturar en esos lugares habilitados.
En el decreto 2180/09 firmado por Ríos y el ministro de Obras Públicas, Manuel Benegas, se establecen las siguientes categorías y valores:
-Categoría A, mayor que tres kilos 4.264 pesos, el valor de caña diaria.
-Categoría B, mayor que dos y menor que tres kilos 2.843 pesos, el valor de caña diaria.
-Categoría C mayor que un kilo y menor que dos kilos 1.421 pesos, el valor de caña diaria.
-Categoría D, menor que un kilo, 710 pesos el valor de caña diaria.
Para la habilitación anual y canon de uso del recurso, se deberá abonar la suma de seis mil pesos, que se podrán efectuar hasta quince días antes de la fecha de inicio de la temporada de pesca.
La nueva reglamentación ratifica que el 31 de diciembre del año 2012 caducarán, indefectiblemente, todas las concesiones de cotos de pesca.
En aquellos casos de cotos adjudicados con anterioridad a esta nueva reglamentación, serán evaluadas a efectos de determinar en los casos que sea necesario el tiempo de vigencia de la concesión otorgada, debiendo estar obligados a cumplir las exigencias en materia de inversión turística y deportiva.
Consulta: Blog de Crónicas Urbanas Fueguinas
-Categoría A, mayor que tres kilos 4.264 pesos, el valor de caña diaria.
-Categoría B, mayor que dos y menor que tres kilos 2.843 pesos, el valor de caña diaria.
-Categoría C mayor que un kilo y menor que dos kilos 1.421 pesos, el valor de caña diaria.
-Categoría D, menor que un kilo, 710 pesos el valor de caña diaria.
Para la habilitación anual y canon de uso del recurso, se deberá abonar la suma de seis mil pesos, que se podrán efectuar hasta quince días antes de la fecha de inicio de la temporada de pesca.
La nueva reglamentación ratifica que el 31 de diciembre del año 2012 caducarán, indefectiblemente, todas las concesiones de cotos de pesca.
En aquellos casos de cotos adjudicados con anterioridad a esta nueva reglamentación, serán evaluadas a efectos de determinar en los casos que sea necesario el tiempo de vigencia de la concesión otorgada, debiendo estar obligados a cumplir las exigencias en materia de inversión turística y deportiva.
Consulta: Blog de Crónicas Urbanas Fueguinas
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