31 marzo 2008

Soja...soja, tan maravillosa

Con la dulce pena de sufrir el país encontró un motivo para la discusión política de verdad.

En los últimos años la moda era que las páginas de política habían sido colonizadas por cuestiones que se ventilaban en Tribunales. En ese contexto la justicia federal tenía más gravitación política que el Congreso o la misma oposición.
Después de mucho tiempo, con el conflicto del campo, un tema político con más aristas y consecuencias que exceden las hectáreas sembradas, se pone en el centro del ring sin que haya una megacausa judicial de por medio.
Esto no quiere decir, que la situación no desemboque en los temas judiciales que se vienen como consecuencia de este conflicto. La Constitución asegura un sistema federal. Eso es lo que está pasando por la cabeza de muchos gobernadores al momento de ubicarse frente a la pulseada con el campo.

En materia de petróleo y minería, las provincias productoras reciben regalías en directa proporción a los rendimientos generados desde sus subsuelos.

Distinto es el caso de las superficies cultivadas. Allí las provincias ven que las retenciones van y son administradas por el tesoro nacional, y cuando tienen que ir a conseguir fondos para infraestructura en su provincia, deben ir al pie y recibir, bajo promesa de lealtad, lo que se dignen a darle.

Los gobernadores e intendentes se vieron engrampados entre dos fuerzas igualmente gravitantes: el poder central que administra tanto la caja fuerte como las listas sábanas, y sus coprovincianos, que son la masa electoral que los vota (o no) y los genuinos productores del dinero de las retenciones.
Tironeados como en la gráfica imagen de la vieja publicidad de Coppa y Chego, los políticos oficialistas de las provincias agroganaderas se esfuerzan por cumplir con sus bases pero sin sacar los pies del plato. Los legisladores, representantes de sus electores en un sistema de representación indirecta, quedaron a contrapierna donde el emblemático esquema verticalista del peronismo, no les permite, ni siquiera cuestionar la irritante figura de D'Elía, el de la camisa negra.

De mantenerse esta tensión por la irreductibilidad de las posiciones, la Justicia podría llegar a tener un rol central en este entuerto. Sólo en teoría y no por la velocidad de sus tiempos, los tribunales podrían llegar a expedirse acerca de la garantía de razonabilidad que resguarda al contribuyente frente a los posibles desbordes de la autoridad pública, si al poder se le va la mano con los montos y las alícuotas tributarias.

Si bien con otra composición, la jurisprudencia del Máximo Tribunal puede dar una pista de cómo se plantaría frente al problema en Indo S.A.c/ Fisco Nacional y Horvath, Pablo c/Fisco Nacional, en los ya ahora lejanos años 90. Pero si la Corte todavía tiene para resolver materias pendientes vinculadas al Corralito, es cuestión de sacar cuentas de cuándo le llegará el turno de incluir en su agenda el tema de las retenciones móviles. Con suerte será como para el 2015. Es cuestión de ir armándose de un poco de paciencia.

RUTAS ARGENTINAS.

Con las imágenes de camiones varados por kilómetros a la vera de las rutas, los medios de comunicación tienen aseguradas horas de transmisión para la entretención de los telespectadores. Pero con esa misma imagen, cualquier estudiante de Derecho verá cuántos conflictos jurídicos colaterales deparará tan pintoresca postal.

Incumplimientos de contratos, cadenas de pagos cortadas, daños y perjuicios por mercadería que llega en mal estado (el 30 % de la mercadería que arribó al Mercado Central tuvo que ser tirada a la basura), suspensiones o despidos de personal por falta de trabajo, cheques rechazados, incumplimientos de los deberes de funcionario público, etc.

La pregunta es quién se hace cargo de esas consecuencias. Según la ley, el Estado tiene el monopolio de la fuerza y es el único garantizador del mantenimiento del orden público y social. Sin embargo, en los últimos años el Gobierno renunció explícitamente a aplicar la ley para evitar otros cortes de ruta esgrimidos como medidas de protesta. Encerrados en su propia lógica de no criminalizar la protesta, el oficialismo, en este caso, se encontró con las manos atadas. Atadas por ellos mismos. ¿Cómo podría el Gobierno diferenciar esos piquetes de estos? ¿Hay entonces piquetes buenos y piquetes malos?

En Derecho nadie puede alegar su propia torpeza, tampoco en política. Sin embargo, excluidas las fuerzas de seguridad (gendarmería, fuerzas armadas o policía), se terminó desembocando en un modelo para policial de pseudo control del orden con sindicalistas y piqueteros que más que calmar los ánimos lo único que logran es echar más leña al fuego. Y otro conflicto jurídico en ciernes. Además, en este caso por las rutas donde transita el comercio internacional (por ej. la ruta 14 es la llamada ruta del MERCOSUR), la instalación del corte convierte a ese paso en una virtual "aduana" interior, de las que explícitamente prohíbe la Constitución Nacional.

Los activistas de esos piquetes, rompían los precintos aduaneros para chequear el contenido de la carga de los camiones y así poder decidir si autorizaban o no la prosecución de su tránsito. Como se ve, en la Argentina, todos se creen con derecho a todo y con obligación de nada. Si es verdad que como dicen los chinos, en cada crisis hay una oportunidad, ahora se abre un panorama enorme de definiciones pendientes.

La coparticipación: el Estado Nacional no coparticipa ni las retenciones ni el impuesto al cheque, y los que coparticipa los distribuye en forma que muchos consideran inequitativa. La garantía de razonabilidad en materia tributaria: las alícuotas tienen que pensarse no solamente en base a la lógica de las necesidades de recaudación, sino que no deben ser confiscatorias.

El derecho a la libre circulación: la Constitución Nacional lo garantiza.

Es hora de que el Estado deje de evitar cumplir con sus responsabilidades porque simpatice o no con alguna protesta. Como cuando éramos chicos, el d ilema es verdad o consecuencia. La única verdad es la realidad y si no, atengámonos a las consecuencias.

Fuente: Diario Judicial (Informando desde el Derecho)

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