28 febrero 2010

En todos lados se cuecen habas: Buquebus a la "uruguaya" por los aviones

La colecta emprendida por el presidente electo José Mujica comenzó a dar los primeros resultados a nivel empresarial. El primer beneficiado, acreedor de prebendas gubernativas por sus muy preciados servicios al Frente Amplio y al primer mandatario que asumirá en horas, y por natural extensión a la corona, es decir a la república, es el ilustre ciudadano Don Juan Carlos López Mena.

A ver.
El Código Aeronáutico establece las condiciones que se deben observar para la matriculación de aeronaves en nuestro país.
"Artículo 32 (Requisitos para la matriculación).- Los propietarios de aeronaves, para solicitar la matriculación de las mismas, deberán estar domiciliados en la República. En caso de tratarse de un condominio, dicha condición deberá verificarse respecto del 51% (cincuenta y uno por ciento) de los copropietarios cuyos derechos superen el 51% (cincuenta y uno por ciento) del valor de la aeronave. Sin perjuicio del expresado requisito domiciliario, el Poder Ejecutivo reglamentará las demás condiciones que deban reunirse por los dueños de aeronaves para matricularlas".

Ahora bien. Hemos asistido en estos últimos días a un show mediático de Lopez Mena, principal de Buquebus, donde se lo ha visto rodeando al Presidente electo en acontecimientos sociales y empresariales, visita a escuelas, coparticipando en donaciones al gobierno, etcétera, etcétera.
El o los aviones que este señor dice haber comprado, los ha negociado en la modalidad de leasing, por lo cual los aviones no son de su propiedad y SÍ pertenecen a la fábrica francesa. Esta es la razón por la que el o los aviones no llegaban a nuestro país, POR LA FALTA DE MATRÍCULA uruguaya, que el Código Aeronáutico impide otorgar en estas condiciones.
Pero el avión llegó y está hangarado en las instalaciones de la Armada Nacional en Laguna del Sauce. Llegó y está matriculado en Uruguay.
¿Cómo es eso? Hace muy pocos días atrás el Poder Ejecutivo libró un Decreto en el que autoriza a esta Empresa a matricular el avión en nuestro país. Así de fácil y así de sencillo.
El Decreto, que lo único que falta que diga es "DECRETO PARA EL SR. LÓPEZ MENA", es el Decreto No.53/2010 y en su parte resolutoria dice así:

".....EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
Art.1o: Podrán matricularse provisoriamente en la R.O.U. bajo el régimen del Art. 34 del Código Aeronáutico, las aeronaves con más de 6 toneladas de peso maximo autorizado según el Certificado de Aeronavegabilidad, que exploten las empresas de transporte aéreo público adquiridas mediante contratos de leasing o crédito de uso". Para más datos, el decreto está fechado el 8 de febrero de 2010, o sea sólo 4 días antes de que el avión llegara. ¡Todo un récord!

Nota de Dirección: Buquebus no hubiese podido, sin seguir los carriles normales y generales que hacen a la aviación comercial, matricular su aeronave. Sin embargo, sus amigos del poder solucionaron el inconveniente con la mayor celeridad, sacando de la galera un decreto de urgencia. Sin perjuicio, nos han hecho notar también la barbaridad jurídica de interpretación que contiene el decreto, el cual pretende modificar un artículo del Código Aeronáutico, más precisamente el vocablo “propietario” por el de “explotador”. En todo caso lo debiera decir una ley, ajustada a Derecho, pero se corría el riesgo de encontrar mucha mugre debajo de la alfombra. El Poder Ejecutivo nos induce a confundir una vaca con una gallina. Un decreto no puede interpretar lo que la ley no dice, principio que aprendimos desde la más tierna infancia. La derogación es grosera, arbitraria y forzada. Seguramente alguien debe retornar a la Facultad, aunque para nosotros el tema pasa por la decencia aprendida, y procedencia de actitudes frente a la vida. Para López Mena una simple anécdota. Para el ciudadano común un tema intrascendente. Para un Estado de Derecho, una vergüenza.

Fuente: Diario Digital Enfoques

No hay comentarios.: