09 mayo 2009

El Banco Nación promueve nueva línea de crédito para microemprendedores de Río Grande, con tasas del 7% anual y hasta $ 30.000.

EL MUNICIPIO CONVOCA A MICROEMPRENDEDORES PARA ACCEDER A LINEA DE CRÉDITO DEL BANCO NACIÓN

El Municipio de Río Grande, a través de la Secretaría de la Producción, está convocando a Pymes con más de un año de antigüedad, a acceder a la línea de financiamiento del Banco Nación llamada PRODER que otorga un monto de hasta 30 mil pesos a una tasa anual del 7 por ciento. Al respecto, la Directora de Desarrollo Local, área dependiente de la Secretaría de la Producción del Municipio de Río Grande, Cristina Morán y Flores, precisó que “esta línea de crédito para el fomento al desarrollo de microemprendimientos locales y regionales, se denomina PRODER y es una línea que ha puesto en vigencia el Banco Nación”.

Agregó que “se puede acceder a este financiamiento, a través de la Agencia de Desarrollo (ADERG) que se ha acreditado convenientemente ante el Banco Nación para poder recepcionar proyectos de inversión”.

Cabe destacar que los municipios no tienen acceso al PRODER como tal, pero en el caso de la municipalidad de Río Grande, lo gestiona indirectamente a través de la Agencia de Desarrollo Río Grande, del cual el municipio es socio fundador. “Se puede acceder al PRODER a través de las asociaciones de la sociedad civil y en este caso es la ADERG la que está cumpliendo esta función”, explicó Morán y Flores.

Financiar el capital de trabajo

Para los beneficiarios, la Directora expuso que la única limitante “es que sus empresas o emprendimientos deben tener un año como mínimo de antigüedad en el rubro”.

Añadió que “no importa la forma societaria que tengan: pueden ser personas físicas o jurídicas; un dato interesante es que es a sola firma el préstamo, tiene un máximo de hasta 30 mil pesos y la inversión puede ir destinada a la compra de capital, nuevos o usados, también puede ser utilizado para capital de trabajo hasta un 30 por ciento y esto es importante porque hay pocas líneas que financian capital de trabajo”, ponderó.

Morán y Flores consideró que “estas son las inversiones necesarias para poner en marcha un emprendimiento”.

Consultada sobre la modalidad de acceso para los interesados, la Directora de Desarrollo explicó que “deben acercarse hasta aquí, a las oficinas de la Secretaría de la Producción, nosotros les entregamos el material que corresponde al Primer Módulo”.

El interesado llena este primer módulo con la idea del proyecto y el monto de dinero necesario para ponerlo en marcha y los antecedentes de la persona como sujeto de crédito. “Ese primer módulo, que se envía al Banco Nación por vía electrónica, es evaluado y en 15 ó 20 días vuelve la respuesta del Banco diciendo si esta persona puede o no ser beneficiario; es decir, si puede presentar el Módulo Dos o no. Este segundo módulo es el que conlleva la aprobación del proyecto”, detalló.

La funcionaria municipal aseguró que, a excepción del primer crédito gestionado hace unos cuatro meses, cuando comenzó esta operatoria, todas las demás que sobrevinieron se hicieron en forma rápida. “Se entrega el dinero en efectivo, o si el beneficiario lo prefiere, se hace el giro a la persona o empresa a la que se quiere comprar el bien”.

Por último, Cristina Morán y Flores valoró que la tasa de interés “es muy conveniente porque estamos hablando de una tasa de interés del 7 por ciento anual. Ahora estamos esperando la visita, en no mucho tiempo más, de la gente del Banco Nación, porque hay otras líneas dentro del PRODER que están destinadas a empresas que pueden asociarse entre sí o bien cámaras empresariales, donde los préstamos llegan hasta los 500 mil pesos, que serían las próxima líneas que se pondrían en marcha”, apuntó.

Características generales de la línea:

Usuarios: Microemprendimientos bajo cualquier forma societaria o unipersonal de todos los sectores económicos, que hayan presentado su proyecto de inversión a través de las Organizaciones de la Sociedad Civil debidamente acreditadas ante el Programa.

Se podrá financiar:

a. Adquisición de bienes de capital de origen nacional, nuevos o usados.
b. Instalación y/o montaje y accesorios, requeridos para la puesta en marcha de los bienes de capital.
c. Otras inversiones en general (como ser construcciones, galpones, alambrados, mejoras, reproductores de cualquier especie, etc.).
d. Capital de trabajo incremental, derivado de la inversión que se realice (es decir, exclusivamente el necesario para la puesta en marcha o en operación de la inversión financiada).

No podrá financiarse a través de esta línea:

a. Compra de inmuebles de cualquier índole.
b. Vehículos, salvo aquellos destinados a dinamizar y/o aumentar la productividad en el objeto principal del proyecto.
c. Honorarios profesionales, salvo en aquellos casos en que los servicios profesionales a financiar sean parte directa del desarrollo del proyecto.
d. Sueldos de personal.
e. Insumos o capital de trabajo que no vayan acompañados de una inversión en bienes de capital.
f. Reformas sustanciales en inmuebles en inmuebles de terceros, (a excepción de aquellos orientados al mantenimiento en condiciones de activo, previa conformidad de su propietario)

Perfil del solicitante

a. Deberá acreditar por lo menos un año de antigüedad de funcionamiento de su emprendimiento.
b. No deberá poseer deudas o situación irregular en el sistema financiero.
c. No deberá sobrepasar la edad jubilatoria al momento de finalizar el repago del crédito (si fuera el caso, deberá ser acompañado de un co solicitante).


Modalidad:

En pesos, y hasta un máximo de $ 30.000 (pesos treinta mil).

Porcentajes de financiamiento:

Hasta el 90% del monto total del proyecto presentado, incluyendo el IVA.

Plazos e Intereses:

Hasta 48 meses, en pesos, con una tasa fija del 7%.

Régimen de Amortización:

En todos los casos se liquidará mediante el sistema francés. La periodicidad del pago de las amortizaciones de capital se pactarán con el cliente, de acuerdo con el flujo de fondos y conforme a la estacionalidad de sus ingresos, en forma coincidente con los servicios de interés, pudiendo ser mensual, trimestral o semestral.

Desembolsos:

El crédito operará con 1 (un) desembolso.

Período de gracia:

Como norma general, podrá ser de hasta 6 meses a partir de la firma del contrato de préstamo. El vencimiento de la primera cuota de amortización tendrá lugar al mes, trimestre o semestre posterior a la fecha de finalización del periodo de gracia.
En ningún caso habrá período de gracia para pago de intereses.

Garantías:

A sola firma.

Requisitos de vinculación al crédito:

Según corresponda:
- datos filiatorios del o de los titular/es.
- manifestación de bienes particulares del o de los titular/es.
- situación de tenencia del inmueble en el que se desenvuelve la actividad
-declaración jurada de:
- Ventas mensuales realizadas durante el último año antes de la presentación del proyecto.
- Deudas bancarias y financieras actualizadas (Consignar Banco, destino, plazo, vencimiento, garantías, moneda)
- Personal ocupado.
- Principales proveedores y clientes (indicar domicilios)
-inscripciones obligatorias en los registros que corresponda a la actividad desarrollada
- constancia de inscripción que acredite situación fisco-social
-módulos de guía y formulario oficiales del programa cumplimentados.

Fuente de Consulta: La Licuadora TDF

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