26 junio 2009

Otro intento por regular el servicio de transporte aerocomercial

UN TEXTO SIMILAR FUE VETADO POR NESTOR KIRCHNER

CIUDAD DE BUENOS AIRES (CÓDIGO AÉREO) -

La Diputada kirchnerista Liliana Fellner presentó un proyecto de Ley para introducir modificaciones en la Ley 17.285, para brindar una protección más amplia a los usuarios del servicio de transporte aerocomercial.

Como en anteriores oportunidades, la intención manifiesta de la legisladora es implementar los derechos y garantías de los usuarios y consumidores reconocidos por la Constitución Nacional a partir de la Reforma del año 1994 y reglamentados por la Ley 24.240, de Defensa del Consumidor.

"El Código Aeronáutico está vigente desde el año 1967, sin recibir modificaciones en lo que atañe a los derechos y obligaciones de los usuarios y prestadores de servicios del transporte aerocomercial. Es decir que la principal normativa aplicable a los contratos de transporte aéreo, hoy, mantiene una serie de restricciones que menguan o van en detrimento de los intereses de los usuarios", dijo la legisladora.

"El proyecto no deja de reconocer que el Derecho Aeronáutico, tiene características particulares que le confieren un rango de normativa especial. Los incumplimientos de las prestadoras aerocomerciales crecieron tanto que parecen tener una licencia o franquicia para cancelar los vuelos o salir con retraso, dañar o extraviar equipajes, concretar sobreventa de pasaje, con una asombrosa desconsideración hacia los usuarios y muchas veces, sin afrontar mayores consecuencias, que la bronca momentánea de éstos", explicó.

Según explicó, el proyecto de Ley incorpora en el artículo 96 del Código Aeronáutico, entre otros conceptos, que "el contrato de transporte aéreo es aquel por el cual un transportador, se obliga a trasladar en aeronave y por vía aérea, de un aeródromo a otro, en un lapso cierto de tiempo y en condiciones de seguridad, a personas, equipajes o carga por un precio cierto en dinero como contraprestación".

Además, "el transportador está obligado a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias, conforme a las cuales haya ofrecido, publicitado o convenido dichos servicios".

La norma establece que si transportador viola la vigencia o ejecución del contrato o transgrede el Deber de Información o la Legislación de Defensa de la Competencia o de Lealtad Comercial, el usuario de transporte aéreo, tendrá derecho a demandar la nulidad del contrasto o la una o más cláusulas.

Además, el proyecto establece que cuando el juez declare la nulidad parcial, simultáneamente integrará el contrato, si ello fuera necesario.

El texto también contiene artículos referentes a indicaciones que deberá llevar el talón de equipajes, daños producidos a bordo de la aeronave o durante las operaciones de embarco o desembarco, derecho al reembolso de la parte proporcional del precio del pasaje, si el viaje se viera interrumpido o derechos de los usuarios a elecciones si el transportista realizó sobreventa de pasajes, entre otros.

La propuesta es difícil que pueda avanzar dado que fue el gobierno de Néstor Kirchner el encargado de vetar parte de las modificaciones que se trataron de realizar al Código Aeronáutico cuando se votó la Ley de Defensa de la Competencia hace menos de dos años.

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